Los perros utilizados como objetos de exhibición son víctimas de maltrato animal
Controlar la correcta tenencia de la fauna urbana en el DMQ es una de las competencias de la Agencia Metropolitana de Control (AMC). Es posible evidenciar el maltrato animal cuando se vulneran las cinco libertades de bienestar animal (libertad de hambre y sed; de incomodidades físicas o térmicas; de dolor, lesiones o enfermedades; de miedo y aflicción; y, expresar un comportamiento normal).
Que un vendedor de artículos para perros exhiba sus productos en espacios públicos, utilizando al animal como si fuera un maniquí es considerado como maltrato, puesto que la temperatura normal de un perro es de 39.2 grados centígrados y, al ser vestido, sufre un golpe de calor que se intensifica en un día soleado.
Los canes únicamente poseen glándulas sudoríparas en sus patas, por lo cual expulsan el calor a través de la boca mediante el jadeo. Esta reacción natural de los perros se complica cuando están con ropa y cuando sus patas son cubiertas con botas.
Esta práctica se determina como una infracción grave en el artículo 59, literal p), de la Ordenanza Metropolitana 048, generando una sanción que va del 45 % al 90 % de una remuneración básica unificada, es decir de 173.7 a 347.4 dólares.
La Agencia Metropolitana de Control no permitirá que esta actividad continúe y procederá a tomar las acciones necesarias para su sanción.
Canales de denuncia de la AMC: Vía telefónica: 3952300 Facebook: Agencia de Control Quito / Twitter: @amcquito Web:www.agenciadecontrol.quito.gob.ec