Operativo de control de propaganda electoral en zonas patrimoniales y turísticas
Este viernes 05 de abril, varios funcionarios de la AMC fueron parte de un operativo de control, para iniciar procesos administrativos a todos los partidos políticos que hayan colocado material de campaña en zonas patrimoniales como el Casco Histórico o turísticas como La Mariscal.
Como resultado de este operativo se encontró 34 elementos propagandísticos del pasado proceso electoral; ante esto, los inspectores levantarán un informe para dar inicio al proceso administrativo sancionador.
Los espacios públicos, carteleras y elementos mobiliarios permitidos para la colocación de afiches y propaganda en el período electoral, de acuerdo a la Ordenanza Metropolitana No. 282, se encuentran determinados por el Municipio del Distrito Metropolitano. Dicha colocación se acoge a las normas administrativas y técnicas en función de la resolución STHV-RT No 007 (Procedimiento Administrativo para la Implementación de la Ordenanza N° 282).
Sin embargo, la Ordenanza Metropolitana No. 282 determina claramente que la colocación de afiches y publicidad en ciertas áreas está prohibida. El artículo 16 determina que: “ a) En áreas patrimoniales y turísticas: Alterar la superficie de pintura de fachada con rayados, pintas u otros, con cualquier tipo de materiales; así como ubicar afiches, publicidad electoral u otros elementos similares como expresión escrita o simbólica de cualquier naturaleza”. Ante el incumplimiento de esta normativa, la AMC puede levantar un acto de inicio para establecer una sanción.
Por otro lado, el acto administrativo sancionador también puede ser iniciado por la Ordenanza Metropolitana No. 332, misma que en el numeral 7 del artículo 104 establece que: “Serán reprimidas con multa de 0,5 RBUM dólares de los Estados Unidos de América quienes cometan las siguientes contravenciones:
Hay que recordar que atentar contra la mampostería o bienes que constituyeren espacio público o privado, y formen parte del mobiliario urbano, perpetrando sobre ellos rayados, pintas, grafitis, ubicación de afiches en zonas no autorizadas y similares a través de toda expresión escrita de cualquier naturaleza, realizadas con cualquier tipo de spray, brocha, pincel y pinturas, o con cualquier otro elemento de similares características”.
Una ciudad ordenada es responsabilidad de todos y el Municipio a través de la AMC seguirá ejerciendo sus facultades sancionadoras y de control para evitar el desorden de Quito.
Esa multa no sirve para nada. A los partidos y candidatos que colocan su publicidad en sitios prohibidos y también a quienes no la retiran de toda la ciudad después de realizada la elección, se le debería PROHIBIR asumir cualquier cargo público y tampoco poder participar en cualquier otra elección popular en un lapso mínimo de 10 años. Solo así aprenderán a respetar a la ciudad y las leyes.