La AMC implementa operativos de control por Semana Santa
Diferentes actividades que se llevarán a cabo en la Semana Mayor que atraerán la concurrencia masiva de turistas nacionales y extranjeros. La Agencia Metropolitana de Control (AMC) desplegará un Plan Operativo de sanción con el propósito de resguardar el orden y correcto uso del espacio público de la ciudad en los eventos religiosos.
El Plan Operativo cuenta con la participación de 31 funcionarios de la AMC, el primer control se realizó el miércoles 17 en el Arrastre de Caudas y los próximos a efectuarse, son: Procesión de la Luz, Procesión Jesús del Gran Poder, Procesión del Silencio; que se realizarán en el DMQ en zonas como el Centro Histórico, la Tribuna del Sur y Alangasí. Los ejes de acción y competencias de la AMC se basarán en el correcto uso de espacio público, libadores en el espacio o vía pública y licenciamiento de los diferentes locales comerciales.
Los espacios públicos están destinados al libre disfrute de la ciudadanía y ninguna actividad puede limitar el derecho de otros a utilizarlo, salvo con la respectiva autorización municipal. La Ordenanza Metropolitana N° 201, sanciona el mal uso del espacio público en general con una multa 100 dólares y si existe reincidencia 200 dólares. A su vez, la Ordenanza N° 332 sanciona con $197 (0.5 de un RBUM) a quienes utilizan el espacio público para cualquier actividad comercial sin los permisos establecidos.
Recordamos que el consumo de cualquier tipo de bebidas alcohólicas en el espacio público, incluyendo a aquellos que ingieran bebidas dentro de automotores estacionados en el mismo, está totalmente prohibido por la Ordenanza N° 151. Dichos incumplimientos generan una multa del 50% de la remuneración básica, es decir $197 y ante la reincidencia, esta se duplica.
Por otro lado, toda actividad económica que se realice dentro de la circunscripción del Distrito Metropolitano de Quito debe contar con los diferentes permisos de funcionamiento, entre ellos la Licencia Única de Actividades Económicas (LUAE) otorgada por las diferentes Administraciones Zonales, de acuerdo al giro del negocio.
La obligatoriedad de este permiso se encuentra establecida en el artículo 23 de la Ordenanza Metropolitana No. 125, determinado a la LUAE como: “el acto administrativo único con el que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito autoriza el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento ubicado en la circunscripción territorial del Distrito Metropolitano de Quito”. Así también, el artículo 60, literal a) dice que: “El administrado incurrirá en infracción cuando: a) El establecimiento realice una actividad económica sin contar con la Licencia Única de Actividades Económicas vigente”.
Con miras a que dichos eventos se desarrollen en orden y normalidad, la Agencia Metropolitana de Control llevará a cabo este plan para evitar que cualquier actividad informal ponga en riesgo la seguridad ciudadana y el disfrute de las actividades programadas. Sin embargo, recuerda que alcanzar una ciudad ordenada es responsabilidad de todos quienes en ella habitan.