Qué hacer al errar en la declaración de impuestos por Transferencia de Dominio

Si por alguna razón un ciudadano se equivoca en los datos de declaración de impuestos por Transferencia de Dominio, puede darla de baja o rectificarla, a través de una declaración sustitutiva, que se realiza totalmente en línea, en la web pam.quito.gob.ec.

El contribuyente debe dirigirse a ‘Trámites más visitados’, elegir la opción ‘Transferencia de Dominio’ (Para el ingreso al sistema informático debe tener usuario y contraseña); seleccionar ‘Tipo de declaración sustitutiva’. Así, la municipalidad facilita a la ciudadanía, el acceso a sus servicios.

Jimmy Gallardo, jefe de Transferencia de Dominio de la Dirección Tributaria, sostuvo que, para generar las obligaciones tributarias, es necesario que todos los intervinientes de la transferencia, realicen la declaración. “Lo interesante es que cualquiera de los contratantes, puede hacer la declaración inicial, y los demás solo deben esperar a que el sistema les envíe un correo electrónico”, afirmó Gallardo.

El resto de contratantes, pueden ingresar con su usuario al sistema y una vez leída la declaración sustitutiva decidirán si la aceptan o rechazan. Gallardo, explicó que, si uno de ellos, detecta algún error en la declaración, puede rechazarla y automáticamente les llegará a los demás un correo electrónico, indicando que tal persona ha rechazado la declaración; el sistema dará de baja automáticamente el trámite; inmediatamente el ciudadano puede volver a realizar nuevamente su declaración, en línea, sin problema alguno.

Por otro lado, si la declaración es aceptada por todos los contratantes, automáticamente se generarán las obligaciones tributarias para el pago en línea, a través de la web pam.quito.gob.ec o en cualquier entidad del sistema financiero.

 

2 comentarios sobre “Qué hacer al errar en la declaración de impuestos por Transferencia de Dominio

  • el 8 mayo, 2023 a las 2:20 pm
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    que tiempo demora una sustitutiva, por favor, gracias

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  • el 19 agosto, 2024 a las 3:12 pm
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    Que pasa si la escritura de compra venta ya fue inscrita en el Registro de la Propiedad y realizan una sustitutiva?

    Respuesta

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