Vehículos siniestrados pueden exonerarse de la multa de calendarización
La Agencia Nacional de Tránsito, ANT, ha establecido la sanción de calendarización, USD 25, la cual se impone a los vehículos que no han culminado el proceso de matriculación en el mes correspondiente según el último dígito de placa.
Es importante recordar que, este año, el GAD de Quito tiene una recalendarización especial la cual inició desde julio a noviembre, para aquellos vehículos particulares que sí aprobaron y matricularon en 2021; sin embargo, vehículos particulares que no realizaron RTV y matriculación en 2021, el transporte público y comercial, por seguridad vial deben acogerse a la calendarización habitual, desde febrero a noviembre.
Para aquellos vehículos que se encuentra en un taller mecánico (por un siniestro o daño) y no se presenten a la Revisión Técnica Vehicular, y para aquellos vehículos que hayan sido objeto de robo y han sido recuperados por su dueño, pueden solicitar la exoneración del valor de la multa por calendarización ya que no pudieron culminar el proceso de matriculación en el mes que les corresponde según su último dígito de placa.
En los dos casos, el titular del vehículo debe realizar un oficio de solicitud de exoneración de la sanción de calendarización, USD 25, y completar el formulario de manera presencial en el Centro de Matriculación Bicentenario. Además, deberán presentar los siguientes documentos:
- Vehículo que se encuentra en un taller mecánico (accidente o daño) y no se presente a revisión técnica vehicular
- Oficio de solicitud de exoneración de multas por calendarización del vehículo que se encuentra en el taller mecánico y no se presenta a revisión técnica vehicular.
- Original o copia certificada de la factura cancelada, emitida por taller mecánico autorizado por el SRI, o por la aseguradora del vehículo afectado.
- Original de la certificación donde se indique el daño y tiempo de permanencia, ingreso y salida del vehículo del taller.
- Vehículo que ha sido objeto de robo y que ha sido recuperado
- Oficio de solicitud de exoneración de multas por calendarización del vehículo que ha sido objeto de robo y no se presenta a revisión técnica vehicular.
- Se deberá analizar la fecha en la cual se impuso el bloqueo y la finalización del mismo en la Base Única Nacional de Datos de la ANT.
Una vez solventado los inconvenientes mecánicos, el usuario debe proceder inmediatamente a realizar la RTV y culminar su proceso de matriculación del año en curso.
Las multas por calendarización de los años 2014 hacia atrás, son competencia de la Agencia Nacional de Tránsito, ANT, por lo cual, en estos casos, los usuarios deberán acudir a la entidad competente.
La Agencia Metropolitana de Tránsito, AMT, aclara a la ciudadanía que la sanción por calendarización (USD 25) es por no renovar el permiso de circulación anual, en el mes que le corresponde, mientras que, la sanción de convocatoria (USD 50) es por no realizar la RTV durante todo el año.