Conozca los pasos para la exoneración del Impuesto Predial a personas adultas mayores

Personas adultas mayores tienen la posibilidad de exonerarse de manera parcial o total del pago de Impuesto Predial, Tasa de Seguridad Ciudadana e Impuesto a los Inmuebles no Edificados. El desconocimiento hace que muchos no soliciten la exoneración o el pago por el monto excedente. Para quienes no han obtenido este beneficio previamente o no se lo ha realizado de forma automática por parte del sistema informático, se debe presentar el formulario de exoneración respectivo en línea o si lo desea de manera presencial.

PASOS

• El usuario, deberá ingresar a la web pam.quito.gob.ec
• Elegir la opción ‘Trámites más visitados’
• Dar clic en la imagen ‘Formulario para exoneración de tercera edad’
• Bajar y guardar el mismo en el computador
• Llenarlo digitalmente y subirlo a la web
• Si prefiere puede imprimir el formulario y llenarlo con letra imprenta legible, sin tachones ni enmiendas
• Escanear para poder subir el formulario en la web pam.quito.gob.ec en la opción ‘Solicitud de exoneración Tercera Edad’
• Aprobada la solicitud puede continuar el trámite para el pago de igual forma en la misma web

De acuerdo a lo señalado en los párrafos primero y tercero del artículo 14 de la Ley Orgánica de las personas Adultas Mayores, la o el ciudadano/a deberá haber cumplido 65 años de edad hasta el año inmediato anterior y, sus ingresos mensuales no deben exceder las cinco remuneraciones básicas unificadas, es decir, USD 2 400; así mismo su patrimonio no debe ser superior a los USD 200 000, es decir, el equivalente a 500 remuneraciones básicas unificadas.

Henrry Reyes, director Metropolitano de Servicios Ciudadanos, manifiesta que el Municipio cumple con la ley y garantiza el derecho de los adultos mayores, y recordó además la responsabilidad de los contribuyentes de brindar información real, y no faltar a la verdad, ya que, el ocultar, omitir o engañar para dejar de pagar en todo o en parte los tributos, es una evasión tributaria sancionada por el Código Orgánico Integral Penal.

Para conocer el valor a pagar tiene opciones inmediatas como: escribir al WhatsApp 023952311, enviar un mensaje de texto SMS desde el celular al número 6367 con la palabra PREDIO [espacio] acompañado del número de su predio (Ejemplo: PREDIO 12345). Puede también, llamar a las líneas gratuitas del Contact Center Municipal 101 o al número 1800510510 para ser atendido por un agente telefónico.

DATO

Durante el 2022 ingresaron 2 688 solicitudes de exoneración de este tipo; no hace falta repetir el trámite si este ya fue aprobado este año.

 

7 thoughts on “Conozca los pasos para la exoneración del Impuesto Predial a personas adultas mayores

  • 30 diciembre, 2022 at 7:12 am
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    El municipio esta donde puede meter las manos al bolsillo del pueblo ecuatorianos y haciendo obras donde a de ver mama suegra y el resto q se jodan y sino vean el programa de quito y Guayaquil profundo y olvidados para q vean q no solo unos tienen derecho de vivir con las comodidades q x ley y reglamentos estan estipulados para el cumplimiento con el pueblo y que las autoridades del municipio tienen q cumplir de abuenas o quieren de malas ya q son mal llevados y mediocres ya viene elecciones hay si ofresen y ofresen y ofresen y veran quien les cumple meiocres y ladrones del sueños.

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  • 30 diciembre, 2022 at 10:20 pm
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    Los 5 salarios no dan 2400 o que nomás toman en cuenta para obtener ese valor?

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  • 3 enero, 2023 at 11:12 am
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    cuando es parcial y cuando total??

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  • 3 enero, 2023 at 11:13 am
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    La remuneración básica unificada es de 510usd desde el 2023

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  • 28 febrero, 2023 at 6:02 pm
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    Yo, Manuel Alfredo Andrango Cañizares, con C.I. 1702957737, solicito muy comedidamente, ordenar a quien corresponda la Exoneración de mi Predio No 143012, para adultos Mayores del Tributo, Impuesto Predial, tasa de Seguridad Ciudadana etc.
    Por la atención que se digne dar a la presente, anticipole mis debidos agradecimientos.
    Atentamente.-
    ALFREDO ANDRANGO CAÑIZARES

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  • 5 enero, 2024 at 2:19 pm
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    Buenas tardes.

    En el caso de No haber realizado el trámite en los años anteriores, existe o se puede hacer algún trámite para alguna devolución de los valores pagados en años anteriores siendo de la tercera edad…?
    Cual sería el trámite o donde debo hacerlo, gracias de antemano por la información y ayuda a la presente.

    Att Hernán O

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  • 5 enero, 2024 at 2:25 pm
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    Al ingresar un NUEVO USUARIO existe un inconveniente al momento de VALIDAR la información, ya que en la parte de FECHA de EXPEDICIÓN de la cédula sólo da como opción hasta el año 2024 y la fecha que EXPIRA la cédula supera ese año, es en el 2027; en tal virtud No se puede continuar con el proceso de Ingreso de Nuevo Usuario para el trámite en línea.

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