Conozca sobre la Tasa de Contribución Especial de Mejoras (CEM)

Cada año, desde el mes de enero, los habitantes de Quito, junto al pago de sus impuestos prediales, cancelan un monto específico por las obras locales y distritales que se realizan en la ciudad, a través del rubro de Contribución Especial de Mejoras (CEM). Estas obras emblemáticas o de beneficio general, que ejecuta la municipalidad, tienen como fin proporcionar una mejor calidad de vida para todos los ciudadanos, lo cual a su vez incide directamente en la productividad y la economía, propiciando el desarrollo y crecimiento local.

La tasa se divide en Obras Locales donde su predio es directamente beneficiado y Distritales que sirven para promover el desarrollo de la ciudad mediante la construcción y mantenimiento de vías expresas, vías arteriales y vías colectoras principales, de evidente interés y beneficio para la ciudad.

La Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Pública (Epmmop) cada año sube al sistema informático los montos invertidos y el detalle de las obras justificadas mediante actas entrega recepción que han sido remitidas para ser recuperadas a través de CEM. Estos valores se dividen en el número de años establecido para recuperación y se reportan a la Dirección Metropolitana Tributaria para la emisión de los respectivos títulos. Por lo anterior, en el valor del CEM están incluidos los dividendos anuales de las obras de hasta diez años.

Como todos los años, el CEM se distribuye de acuerdo a lo que dispone Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, Título V Capítulo 1, considerando que para el próximo año ya no estarán vigentes las exenciones de acuerdo a lo que establece la Ordenanza 198 “Se encuentran exentas del pago por contribución especial de mejoras por obras de alcance distrital cuyo cobro inicie a partir de la vigencia de la Ordenanza Metropolitana No. 198, de 22 de diciembre de 2017, las personas naturales cuyo valor de propiedad global sea de hasta setenta mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 70.000,00), por el lapso de cinco años. Esta exención se aplicará únicamente a los predios cuya valoración de hasta setenta mil dólares de los Estados Unidos de América (USD. 70.000,00), comprende el valor de la tierra, construcciones y adicionales constructivos o especiales, de tal forma que no estarán exentos de pago de la contribución especial de mejoras, los predios baldíos o sin construcción”.

No se aplicará descuentos a la Contribución Especial de Mejoras a la Tercera Edad y/o Discapacidad; por disposición legal tributaria.

Para un mejor servicio, el Municipio de Quito, ha dispuesto el fortalecimiento de los canales de atención ciudadana para pagos, información, y reclamos sobre el valor de la tasa de Contribución Especial de Mejoras, de tal manera la Epmmop, contará con personal para brindar información y receptar reclamos, en el edificio matriz ubicado en la Av. 9 de Octubre N26-56 entre Santa María y Marieta de Veintemilla de lunes a viernes en horario de 8:00 a 16:30; sin embargo, se priorizará la atención digital y telefónica. Para ello se recomienda utilizar los siguientes canales:

  • Facebook, Twitter, Instagram, Tic Tok (@ObrasQuito)
  • Correo: comunicacion@epmmop.gob.ec
  • Web: www.epmmop.gob.ec, boletines y banner informativo
  • 1800 510 510 opción 3, sub menú 2
  • WhatsApp 0996787802

Un comentario sobre “Conozca sobre la Tasa de Contribución Especial de Mejoras (CEM)

  • el 13 septiembre, 2023 a las 2:11 pm
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    Buenas tardes, si vendo mi casa debo pagar el CEM? Es decir al momento hacer la transferencia de dominio

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