Cierre del proceso de regularización de transporte intracantonal en la av. Simón Bolívar y Calderón
En la sesión ordinaria del Concejo Metropolitano No. 267 se aprobó, en segundo debate, por 15 votos la Ordenanza Metropolitana Reformatoria a la Ordenanza 006-2019, sancionada el 03 de octubre de 2019 para el cierre de regularización de transporte público que presta el servicio en la av. Simón Bolívar y Calderón.
Gisel Paredes, secretaria de Movilidad, explicó que esta normativa, en el ámbito de sus competencias, la institución ejecutará las acciones necesarias para el cierre definitivo del proceso de regularización del servicio de transporte público intracantonal en el corredor Av. Simón Bolívar y en los sectores internos de la parroquia Calderón, establecido en las Ordenanzas Metropolitanas 247-2008 y 128-2016, para lo cual deberá, en el término de 60 días contados a partir de la sanción de la presente reforma, emitir los informes referentes a lo siguiente:
- Evaluación y revisión por parte de la Secretaría de Movilidad de todas las etapas del proceso de regularización del Servicio de Transporte Público Intracantonal, en el corredor Avenida Simón Bolívar y en los sectores internos de la parroquia Calderón.
- Acciones judiciales y administrativas en el caso de no haber cumplido con los requisitos, plazos y condiciones establecidos en la Ordenanza Metropolitana No. 0128, Resolución No. SM-021-2016 y demás normativa aplicable.
En este proceso de ninguna manera se aceptará la presentación de recibos, facturas, notas de venta o compromiso de compra de vehículos, chasis o carrocería.
Señaló que bajo ninguna circunstancia este proceso, significará la emisión de nuevos informes para la constitución de compañías o cooperativas, incremento de cupos, ni la autorización de compra de nuevas unidades, cambio socio y/o unidad, ni la emisión de más títulos habilitantes.
La Dirección Metropolitana de Gestión de la Movilidad de la Secretaría de Movilidad, realizará la revisión física de todas unidades detalladas en los Contratos de Operación suscritos por la Secretaria de Movilidad en noviembre y diciembre de 2018; en el lugar donde se encontrare la unidad, ya sea en el domicilio de la operadora, en los patios de retención vehicular de la Agencia Metropolitana de Tránsito.
Además, realizará los procesos de revisión y constatación física establecidos en la presente ordenanza, con el acompañamiento de personeros delegados de Quito Honesto, a fin de garantizar la transparencia del proceso.
La Secretaría de Movilidad al constatar que una o varias operadoras de Transporte que se encuentran dentro del proceso establecido en la presente Ordenanza, generaren o participaren en hechos de violencia que pusieren en riesgo o atentaren contra la seguridad de los usuarios del transporte público o la seguridad ciudadana, establecerá la sanción correspondiente y procederá a la revocatoria de la habilitación otorgada.
Mercy Manobanda, representante de la Silla Vacía, agradeció por la reforma a la Ordenanza 006 porque es una lucha de 5 años, dos años en mesas trabajo porque lo que se quiere es regularizar a las unidades que trabajan en el corredor de la av. Simón Bolívar y en la parte interna de Calderón. Algunos vehículos fueron comprados y requiere ser regularizados y matriculados, esto no implica creación de nuevas cooperativas o frecuencias.
Acciones inmediatas
La Secretaría de Movilidad en conjunto con la Agencia Metropolitana de Tránsito, coordinarán, facilitarán y notificarán a las operadoras de transporte público producto de la Ordenanza 0128-2016, con el cronograma correspondiente para que las unidades físicamente existentes y que se habilitaren operacionalmente, conforme el proceso de la presente ordenanza, realicen la revisión técnica vehicular y matriculación, dentro del término de 60 días contados a partir de la culminación de los plazos dispuestos en la ordenanza.
En tal virtud y mientras los términos y plazos establecidos en la presente ordenanza estén vigentes, la Secretaria de Movilidad y la Agencia Metropolitana de Control de Tránsito, se abstendrán de realizar operativos para solicitar títulos habilitantes, revisión técnica vehicular y matriculación de las unidades constantes en los contratos de operación y sus anexos suscritos en noviembre y diciembre de 2018; así como de aquellas que se encuentren en proceso de verificación física y cumplieron las etapas establecidas en la Ordenanza 0128-2016.
La Secretaría de Movilidad y la Agencia Metropolitana de Tránsito a partir de la sanción de la presente ordenanza, realizarán el control de las unidades pertenecientes a los procesos paralelos a la Ordenanza Metropolitana 0128-2016, y denominados como Planes Piloto 1, Piloto 2, Evaluación de Rutas de Transporte Público de Calderón, Plan de Racionalización del Transporte Público en la Parroquia de Calderón, y cualquier otro plan piloto o actuación administrativa que tenga grado de incidencia en la Av. Simón Bolívar y en los sectores internos de la parroquia Calderón.
Hasta que se consolide e implemente el Plan de Reestructuración de Rutas, la Secretaría de Movilidad, previo informe de oferta y demanda y cumpliendo los requisitos establecidos en la normativa municipal, podrá reubicar a las operadoras existentes para la Avenida Simón Bolívar y Calderón, en los sectores que no hayan sido tomados en cuenta en la Ordenanza 017-2020.