Nuevos valores del factor ‘Alfa (α)’ y del Índice de Revalorización (IR) de la fórmula de la Concesión Onerosa de Derechos
El Concejo Metropolitano aprobó las resoluciones que establecen el nuevo valor del factor ‘Alfa (α)’ y del ‘Índice de Revalorización (IR)’ de la fórmula de la Concesión Onerosa de Derechos para el Distrito Metropolitano de Quito, en la sesión extraordinaria No. 275 de este martes, 21 de marzo de 2023, realizada en la Sede Social del Comité de Promoción Familiar y Mejoras, al sur de la ciudad.
La concejala Mónica Sandoval, presidenta de la Comisión de Uso de Suelo, del Eje territorial, señaló que el proyecto normativo son dos resoluciones, “necesitamos tener el factor alfa y la tabla de revalorización, caso contrario nosotros mismo estamos impidiendo que el Municipio de Quito recaude por norma lo que se ha beneficiado a los administrados”, dijo.
Mauricio Marín, secretario de Territorio, Hábitat y Vivienda, aclaró los aspectos técnicos de la fórmula de la Concesión Onerosa de Derechos, en la misma existe el valor alfa que es un factor que se actualiza anualmente, dependido de la economía del país (datos del Banco Central), y va del 7 al 20 %.
Mencionó que el Plan de Uso y Gestión de Uso y Gestión del Suelo (PUGS) entró en vigencia en noviembre de 2022, en ese año, la Secretaría envío, a la Comisión de Uso de Suelo, el informe con los valores determinados de acuerdo con cuatro lineamientos. Según el cálculo en su última actualización el factor debe ser del 20 %.
Respecto al índice de revalorización del uso del suelo, indicó que: a más aprovechamiento del suelo este puede llegar a costar más. Cuando cambia la normativa, el suelo se puede revalorizar o desvalorizar, es lo que se conoce como índice de revalorización.
“La Concesión Onerosa de Derechos se cobra para el desarrollo urbano. Hay un cambio, no entra a la caja municipal, va a financiar proyectos de desarrollo urbano, lo dice la Ordenanza, es equipamiento, vivienda social, espacio público, infraestructura y Centro Histórico”, acotó.
De acuerdo con la normativa, el Concejo del Distrito Metropolitano de Quito, mediante resolución, es el encargado de actualizar los valores, en función de los informes técnicos emitidos por el órgano encargado del territorio, hábitat y vivienda (Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda).
Según las disposiciones primeras, de las resoluciones, la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda será responsable de actualizar los valores, en los sistemas informáticos correspondientes.
Las resoluciones entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, Gaceta Municipal y dominio web del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, de acuerdo con las disposiciones finales.
Antecedentes
El Concejo Metropolitano de Quito, mediante ordenanza PMDOT-PUGS No. 001- 2021, sancionada el 13 de septiembre de 2021, aprobó la actualización del Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial y el PUGS, con sus respectivos anexos y apéndices.
El Anexo No. 01 de la Ordenanza Metropolitana No. 044-2022 define a ‘alfa’ como el “Porcentaje de participación del suelo en la estructura del costo del proyecto. Entiéndase como proyecto a toda edificación existente, nueva y modificaciones o ampliaciones a esta, en relación al costo de la construcción” y determina que: “Su valor deberá estar en el rango del 7 % al 20 %, mismo que será revisado cada año una vez se hayan publicado los informes macroeconómicos correspondientes al cuarto trimestre del ejercicio fiscal inmediato anterior emitidos por parte del Banco Central del Ecuador.
El Capítulo IV, Parágrafo I, Subparágrafo II, del PUGS establece: “IR: índice de revalorización del suelo. Se determina a partir de la combinación de las bases cartográficas del Plan de Uso y Gestión del Suelo y de las Áreas de Intervención Valorativas (‘AIVA’). Resulta de dividir el valor promedio de las AIVA de llegada (nueva clasificación o uso de suelo asignado por el instrumento complementario de planificación propuesto) para el valor promedio de las AIVA de partida (clasificación o uso de suelo vigente en el presente documento normativo). El índice de revalorización del suelo será calculado por la Administración Zonal y se actualizará con la renovación del instrumento que norme los valores del suelo de los predios urbanos y rurales del Distrito Metropolitano de Quito”.
La Concesión Onerosa de Derechos es el instrumento de financiamiento del desarrollo urbano, que garantiza la participación de la sociedad en los beneficios económicos producidos por la planificación urbanística y el desarrollo urbano en general, según lo establecido en el art. 72 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo (LOOGTUS).