Secretaría de Movilidad informó al Cuerpo Edilicio sobre las tarifas de transporte

En su comparecencia ante el Concejo Metropolitano de Quito, en la sesión ordinaria N. 279, realizada mediante Zoom, este martes 18 de abril, la Secretaría de Movilidad presentó los informes relacionados con la fijación de las tarifas y el incremento del valor del pasaje en la ruta Chillogallo – Cumbayá.

El alcalde de Quito, Santiago Guarderas, dio por conocido este punto del orden del día luego que Gisel Paredes, secretaria de Movilidad, respondió las inquietudes formuladas por los concejales e informó sobre los dos puntos para los que fue convocada.

Respecto del “Cumplimiento íntegro de los parámetros que se han implementado, para resolver sobre la fijación de la tarifa que actualmente cobran las operadoras del transporte público de pasajeros del Distrito Metropolitano de Quito”, dijo que se remitió un informe con los siguientes puntos relevantes:

La base jurídica es la Ordenanza 017-2020, en la que se establece los factores que se deben cumplir para la evaluación y aplicación de la tarifa de las operadoras de transporte público de pasajeros, en las disposiciones transitorias Primera, Cuarta y Quinta.

Igualmente, mediante la Resolución SM-2021-003 que contiene el Manual para la implementación de indicadores de calidad de servicio en el Transporte Público de Pasajeros. Documento que contempla el proceso inherente al plan de operación que las operadoras deben implementar para acceder a la actualización tarifaria.

Son 21 indicadores que se revisan: de confiabilidad, de nivel se seguridad, en un proceso de evaluación documental (cumplimiento de requisitos y parámetros) y tecnológica (verificación de parámetros operativos sujetos a monitoreo y control), luego se emite una resolución administrativa de actualización tarifaria, posteriormente se realiza el monitoreo y control, donde se imponen las posibles sanciones administrativas a las operadoras por incumplimiento de los parámetros que son parte de las obligaciones contractuales asumidas con la municipalidad.

Las tarifas se establecen de acuerdo con el Informe Técnico 168-2020, documento remitido para conocimiento del Concejo Metropolitano y consecuente aprobación de la Ordenanza No. 017-2020. Se toma en cuenta el cumplimiento de normativa laboral del personal de las empresas operadoras, de los Indicadores de Calidad en los servicios de transporte público constantes en el Manual y la Operación Centralizada.

Actualmente, en el Distrito Metropolitano de Quito, las operadoras que accedieron a la actualización tarifaria son: 46 en el área urbana, 15 de transporte combinado rural, en total suman 61.

Indicó que se recibió el examen especial de la Contraloría General del Estado DNA5-GAD-0010-2023, referente al cumplimento de indicadores de calidad del servicio de transporte público y requisitos, previa la actualización de la tarifa.

En el cual se realizan dos recomendaciones: supervisar la obligación de las operadoras o propietarios de vehículos de la obligación de afiliación al IESS y el desarrollo e implementación de un sistema integral de monitoreo del servicio.

En el proceso de fiscalización y monitoreo se desarrollaron procesos sancionatorios sustanciados, en el año 2022, 367; en el 2023, 542; total, 909.

Finalmente, sobre la “Justificación de la Resolución Nro. SM-2023-0120, mediante la cual se incrementó el valor del pasaje en la ruta Chillogallo – Cumbayá”, señaló que la operadora ASOMETROVIP cumplió el proceso de actualización de tarifa, en enero de 2021, valores que corresponden a la Resolución SM-2023-0120, de marzo de 2023, y están dispuestos en el Anexo  2 de la Ordenanza 017.

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