La propuesta de actualizaciones del PUGS se socializó en la Asamblea de Quito
Quito, 21 de marzo de 2024.- Después de varias jornadas de socialización con diversos actores, el secretario de Hábitat y Ordenamiento Territorial, José Morales, presentó ante la Asamblea de Quito la propuesta de actualizaciones del Plan de Uso y Gestión de Suelo (PUGS) del Distrito Metropolitano de Quito.
Los aspectos técnicos propuestos en la actualización están vinculados con:
- Usos de suelo
- Compatibilidades
- Edificabilidad
- Instrumentos de planificación complementaria
- Instrumentos de gestión del suelo
- Nuevos ajustes incorporados
Estos instrumentos permiten ordenar la ciudad con proyección a 12 años, la actual administración propone políticas enfocadas en el bienestar colectivo en lugar de casos específicos y puntuales. De los tres componentes del PUGS solo se pueden modificar el urbanístico y el de gestión de suelo, ya que el componente estructurante se mantiene hasta 2034.
En el proceso de socialización participaron representantes de las instituciones municipales y nacionales, colectivos, academia, organizaciones sociales, iniciativas ciudadanas, gremios, cámaras, entidades colaboradoras, constructores, entre otros sectores.
Los principios y consideraciones sobre los que trabaja el PUGS, principalmente son:
- Derecho a la ciudad
Garantiza el ejercicio pleno de los derechos humanos, la función social de la ciudad, su gestión democrática. Asegura la equidad territorial, la inclusión social y la distribución equitativa de bienes públicos.
- Función social y ambiental de la propiedad
Antepone el interés general al particular y garantiza el derecho a un hábitat seguro y saludable. Contempla la prohibición de toda forma de confiscación.
- Distribución equitativa de cargas y beneficios
Promueve el reparto equitativo de los beneficios derivados del planeamiento urbanístico y la gestión del suelo.
- Derecho a edificar
El derecho a edificar es de carácter público.
Se concede a través de la aprobación definitiva del permiso de construcción, bajo el cumplimiento de las obligaciones urbanísticas.
- Carácter no indemnizable
El ordenamiento y el planeamiento urbanístico no confieren derechos de indemnización, sin perjuicio de lo establecido en la Constitución y la ley.
El establecimiento de regulaciones que especifiquen los usos, la ocupación y la edificabilidad previstas en las herramientas de planeamiento y gestión del suelo no confieren derechos adquiridos a los particulares.
La mera expectativa no constituye derecho.
¿Qué es el PUGS?
- Un instrumento de planificación, ordenación y gestión del suelo
- Plantea políticas que permitan viabilizar los planteamientos definidos en el Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PMDOT)
- Regula el uso y la edificabilidad del suelo urbano y rural
- Genera instrumentos de gestión y financiamiento del desarrollo urbano
El Plan de Uso y Gestión del Suelo territorializa los lineamientos planteados en el modelo territorial deseado del PMDOT en sus diferentes escalas de planificación.
Es una preocupación latente en los pequeños constructores ver qué las directrices del uso del suelo en la actualidad sean consideradas desde un escritorio, sin considerar que de lo teórico a la realidad en territorio es sustancial, especificaciones que hoy por hoy en lugar de cumplir con el objetivo de ordenar de forma adecuada el uso del suelo en lo concerniente a la edificabilidad,se está promoviendo la informalidad en los procesos de construcción, tanta regla y normativa que en lugar de agilizar los procesos de permisos de construcción son cada vez más caóticos, y eso lo sabemos todos los profesionales inmersos en el diseño y construcción, pero muchos por temor no exponen sus problemáticas, también se debería formar de forma coherente que todo proceso inmanente a la construcción sea obligatoriamente ejecutado por un profesional, más eso no sucede y las personas continúan con la informalidad,para concluir dejo un ejemplo gráfico, si una persona tiene un lote de diez por veinte, establecen una normativa de retiros tres de frente como mínimo, retiros laterales tres metros y tres de fondo,quedando un área de trabajo útil de cuatro por diez y seis, que solucion más salomonica añadiendo que no puede adosarse en planta baja.