Se aprueba Ordenanza para la remisión de multas, intereses y recargos por mora generados en las tasas adeudadas entre la Municipalidad y empresas metropolitanas
Este martes 20 de diciembre de 2022, en la sesión ordinaria No 261 de Concejo, con 15 votos se aprobó en segundo debate el proyecto de Ordenanza para la aplicación de la remisión de multas, intereses y recargos por mora generados en las tasas adeudadas entre el Gobierno Autónomo Descentralizado de Quito y sus entidades adscritas y empresas públicas metropolitanas.
Al inicio del debate Michael Aulestia, presidente de la Comisión de Presupuesto comentó que las empresas públicas y entidades adscritas al Cabildo mantienen deudas entre sí que no pueden ser canceladas actualmente debido a los intereses, multas y recargos.
“Esta Ordenanza permite realizar la remisión de dichos valores para solucionar este problema que viene durante años aquejando a la municipalidad. Cabe recalcar que en la Comisión de Presupuesto se analizó las cantidades adeudadas y la capacidad de pago de las entidades deudoras, evidenciando un gran beneficio con la aplicación y aprobación de esta Ordenanza”, dijo Aulestia.
Guillermo Lascano, director Tributario Metropolitano, durante su presentación dio a conocer las observaciones emitidas por parte de los ediles en primer debate.
La presente Ordenanza tendrá por objeto establecer las condiciones para la remisión de intereses, multas y recargos causados sobre tasas adeudadas entre el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito y sus empresas públicas, contenidas en títulos de crédito, resoluciones administrativas u órdenes de pago, sea con base en catastros, registros o hechos preestablecidos legalmente por parte del Municipio o sus empresas públicas, cuyo vencimiento se haya generado hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente aprobación.
Acorde al artículo 54 del Código Tributario, le corresponderá al Alcalde Metropolitano o su delegado y a las máximas autoridades de las empresas públicas o sus delegados conforme el ámbito de sus competencias, emitir los actos administrativos correspondientes para la aplicación de la presente remisión, en los términos previstos en el presente proyecto.
DATOS DE TÉRMINOS PARA EL PAGO
La remisión de multas, intereses y recargos de las tasas de las que trata el artículo precedente, serán aplicados de la siguiente forma:
• El 100% del monto generado por intereses, multas y recargos, si se cancela la totalidad de las tasas adeudadas, hasta dentro del término de 90 días contados desde la publicación de la presente ordenanza en el Registro Oficial.
• El 50% del monto generado por intereses, multas y recargos, si se cancelare la totalidad de las tasas adeudadas, dentro del término de 91 hasta 120 días, contados desde la publicación de la presente ordenanza en el Registro Oficial.
por favor necesitamos saber si se aplicará la remisión de intereses u multas para el pago atrasado de la patente, de acuerdo al ultimo decreto de la asamblea nacional y desde cuando se aplicara en el distrito metropolitano de Quito.