Entre julio, agosto y septiembre se emitieron 70 citaciones como resultado de controles de dos personas en moto 

  • Recuerde que la capital cuenta con una Ordenanza que regula el uso de ocupantes de motocicletas

Quito, 15 de octubre de 2024 (Quito Informa).-  Con el objetivo de fortalecer la seguridad vial y la convivencia ciudadana, la capital cuenta, desde el 10 julio, con la Ordenanza Metropolitana 079-2024 que limita a una sola persona la capacidad de transportación en motocicletas. Las estadísticas de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) registran, en julio, agosto y septiembre, un total de 185 operativos de control de motocicletas; 5.938 vehículos registrados; 4.236 citaciones. En el mismo lapso, 70 citaciones corresponden a motociclistas por exceso de pasajeros permitidos.

Quienes contravengan la normativa serán sancionados de acuerdo con Art. 390 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una multa equivalente al 15% de un salario básico unificado y reducción de 4.5 puntos en su licencia de conducir.

La Ordenanza obedece a la Resolución No. 010-DIR-ANT-2022 del ‘Reglamento que Norma la Capacidad Permitida de Personas que se Transportan en Motocicletas dentro del Territorio Nacional’. Art. 3: “Se faculta a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, Metropolitanos, Mancomunidades o Consorcios, para que, dentro del ámbito de sus competencias, puedan establecer reglas complementarias a las establecidas en el presente Reglamento (…)”.

La Ordenanza acata lo dispuesto por la Comisión Nacional del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial sobre la garantía de libre circulación de las personas que se trasladan dentro del territorio nacional haciendo uso de la motocicleta, la limitación de capacidad a una sola persona y las excepciones.

Se encuentran exentos: Cónyuge o conviviente en unión de hecho del conductor, debidamente inscritos en el registro civil. Hijos o hermanos del conductor. Personas con discapacidad. Adultos mayores. Mujeres. Menores de 12 años. Las y los servidores públicos que en el cumplimiento de sus funciones circulen en motocicletas institucionales.

El conductor debe justificar de forma documentada que la o el acompañante se encuentra dentro de las excepciones previstas.

Control

La ordenanza contempla “la ejecución de las acciones de control, en los sectores identificados previamente, el ente rector de la Seguridad Ciudadana, así como, el ente rector de la Movilidad coordinarán con la Agencia Metropolitana de Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (AMT) y/o entidades de seguridad locales y nacionales, con el fin de hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a vivir en una cultura de paz y con seguridad integral”.

Un comentario sobre “Entre julio, agosto y septiembre se emitieron 70 citaciones como resultado de controles de dos personas en moto 

  • el 15 octubre, 2024 a las 1:15 pm
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    Excelente gestión de control… felicitaciones… Espero que continúen los controles de máxima velocidad permitida dentro de la ciudad…

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